DDJJ Viajes

A continuación, dejamos las medidas establecidas por el Decreto Provincial N° 543/20 que se han estipulado a partir del día 21 de Junio del corriente año.

Personas que no residen en el territorio provincial con destino final en la misma:

Deberán respetar las medidas de AISLAMIENTO, SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO por el termino de 14 días corridos desde su ingreso.

Personas residentes en la Provincia con habilitación de circulación interprovincial que efectúen ingreso y egreso de forma frecuente del territorio provincial:
Quedan excluidos de participar de las actividades exceptuadas y habilitadas (religiosas, deportivas, familiares, gastronómicas, y culturales)

Sus salidas se limitaran a lo necesario por razones alimenticias, de salud y fuerza mayor.

Les adjuntamos el formulario de Declaración Jurada.

FORMULARIO DE DESCARGA
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